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Consejo de Ministros aprueba tres PL que buscan mejorar el sistema de justicia en el país

Se trata del PL que sanciona jueces y fiscales que filtren información en investigaciones penales, el PL para fortalecer el juicio y antejuicio político y el PL de beneficio penitenciario de libertad vigilada.

Foto: PCM.

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21:29 horas - Viernes, 24 Junio 2022

En sesión de Consejo de Ministros se aprobó el proyecto de ley que busca proteger la información privilegiada que tienen las investigaciones penales para que estas no se desnaturalicen y tampoco afecten a los testigos y a los colaboradores. 

Con este proyecto se busca incorporar el delito de difusión de información reservada en la investigación penal, el cual tiene como objetivo salvaguardar dicha información a la que se tiene acceso por el cargo o función que desempeñan los operadores de justicia y las partes procesales en general. 

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Nuestro Código Procesal Penal señala con mucha claridad que la investigación penal es reservada, más aún en aquellos casos que son complejos, donde se investigan actos de corrupción y crimen organizado. En casos de actos de corrupción complejos, puede terminar por caerse la investigación, porque esta información es divulgada y alerta incluso a muchos investigados que se ocultan de la administración de justicia o fugan del país. 

Asimismo, busca garantizar que los actos de investigación alcancen sus fines, sancionar el delito, restaurar la lesión ocasionada por este y asegurar la paz social.

Además, se aprobaron también dos proyectos de Ley; uno de ellos busca reformar los artículos 99 y 100 de la Constitución Política del Perú para fortalecer el juicio y antejuicio político realizados en el Parlamento. Aplicaría para altos funcionarios del Estado como el presidente de la República, ministros, congresistas, jueces y fiscales, Defensor del Pueblo entre otros.

Este Proyecto de Ley establece que será una comisión especial conformada por los tres jueces o juezas de mayor antigüedad de la Corte Suprema quienes determinarán sobre si hay merito o no para la formación de causa penal. 

Se establece que, en caso se determine que hay lugar a formación de causa penal, se deberá remitir los actuados al o la Fiscal de la Nación para la formalización de la investigación penal respectiva ante el juez supremo penal. 

Finalmente se aprobó el Proyecto de Ley que crea y regula el beneficio penitenciario de libertad vigilada humanitaria de la pena. Este beneficio penitenciario sería para personas adultas mayores de 65 años, que padezcan enfermedades crónicas, trastornos mentales crónicos, irreversibles y degenerativos, alguna discapacidad física permanente que afecte considerablemente su capacidad motora y quienes cumplen pena privativa de la libertad por condenas menores de 12 años. 

Mediante el beneficio penitenciario de libertad vigilada humanitaria de la pena el sentenciado cumple su condena a través de la vigilancia electrónica personal dentro de un radio de acción, itinerario de desplazamiento y tránsito circunscrito a la provincia donde se encuentra el domicilio o lugar que señala.

Cabe mencionar que los proyectos de ley aprobados son enviados al Congreso de la República, para su posterior debate y /o aprobación en el pleno. 

Con información del Minjusdh.



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