Nacionales

Congreso oficializó la ley de protección de la salud de las personas con epilepsia

La norma establece que las personas afectadas por el mal tendrán librea acceso a prestaciones de salud, sin limitación alguna.
Ley para personas con epilepsia

A partir de la vigencia de la ley, las personas afectadas tendrán librea acceso a prestaciones de salud, sin limitación alguna.

A partir de la vigencia de la ley, las personas afectadas tendrán librea acceso a prestaciones de salud, sin limitación alguna.
9:01 horas - Viernes, 31 Mayo 2024

El Congreso oficializó la ley de protección de la salud de las personas diagnosticadas con epilepsia,  garantizando su acceso libre a prestaciones de salud, sin limitación alguna, a partir de su entrada en vigencia .

El dispositivo establece que el Ministerio de Salud será el encargado de implementar el registro nacional de pacientes que padecen de epilepsia y epilepsia refractaria, con la finalidad de generar el sistema de información que proporcione un mayor conocimiento de la incidencia, prevalencia y mortalidad en cada área geográfica.

[Lee también: Ministerio de Justicia: Municipalidad de Picsi apoyará licencia para ampliación de pabellones del penal de Chiclayo]

La norma publicada en el diario oficial El Peruano, establece que las personas con epilepsia y epilepsia refractaria no serán impedidos de realizar sus actividades cotidianas, salvo prescripción médica especializada que disponga lo contrario, y siempre que se acredite, de ser necesario, las recomendaciones del caso.

También podrán recibir información actualizada y completa y servicios de detección y diagnóstico de la enfermedad.

La norma precisa que recibirán intervención temprana y adecuada para el caso de niños que padezcan cualquier tipo de epilepsia y a estar cubiertos según los planes contenidos en el Plan Esencial de Aseguramiento en Salud del Seguro Integral de Salud (SIS), del Seguro Social de Salud (ESSALUD), de la Sanidad de las Fuerzas Armadas, de la Sanidad de la Policía Nacional del Perú, y del sector privado y mixto.

El Ministerio de Salud aprobará las guías de práctica clínica para la atención de pacientes con epilepsia en sus diversas manifestaciones clínicas, las cuales se actualizan de manera periódica para incluir los avances científicos

El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Salud, aprobará el reglamento y las demás normas complementarias para la aplicación de la presente ley dentro de los ciento veinte días calendario contados a partir de su entrada en vigor.



Las más leídas

Lo último

Más noticias de Nacionales

Peruano opina