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Sunafil debe reactivar inspección de empresas para ver si pagan horas extras a trabajadores

Abogado laboralista señala que la jornada termina tras 8 horas de trabajo y tras la culminación hay que pagar horas extras.
16:27 horas - Jueves, 24 Septiembre 2020

El laboralista Augusto Saldaña pidió a Sunafil que reactive la inspección de las empresas que no pararon para constatar si cumplen con el pago de las horas extras para sus trabajadores que laboran de manera remota por más de 8 horas. 

Debe respetarse el horario de trabajo que se tenía antes de la emergencia sanitaria, indicó. Todo trabajo que se dé después que la jornada terminó genera las horas extras y estas se remuneran, las dos primeras con el 25% de sobretasa y de la tercera hora para adelante con el 35%, precisó.

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El trabajo remoto es una modalidad que se creó exclusivamente a raíz de la situación de pandemia y el hecho de trabajo remoto no implica que la empresa deja de cumplir las obligaciones que tiene, una de ellas es llevar el registro del control de asistencia del horario laboral, expresó en diálogo con TVPerú.

La empresa también está obligada a llevar un registro de las horas extras, porque el hecho de trasladar la oficina a nuestra casa mediante los medios virtuales de tecnología, ha creado una falsa sensación de que el trabajador debe tener toda la disposición las 24 horas del día, manifestó.

Eso no es exacto porque siempre debe respetarse el horario de trabajo que se tenía antes de la emergencia. Como muchas empresas han olvidado que el trabajo remoto no las exonera de llevar el registro de asistencia, sostuvo.

Si el trabajador alega que trabajó más de las 8 horas y tiene las pruebas de correos electrónicos, llamadas o mensajes al whatsapp, tiene la vía de la Sunafil para interponer denuncia, aseveró.

Si por denunciar a la empresa, ésta lo despide es un despido nulo y puede ir al Poder Judicial  y pedir la nulidad de su despido y la prueba seria la denuncia presentada a Sunafil, afirmó.

Recordó también que los derechos laborales de los trabajadores no se han reducido o modificado, un trabajador en sistema remoto sigue teniendo derecho a la CTS, la gratificación, a las vacaciones, a las utilidades de ser el caso. 

Lo que sucede es que se dio cierta facilidad para rebajar el sueldo de acuerdo con la empresa por la situación de pandemia y las gratificaciones serán pagadas con el sueldo reducido, remarcó.

Respecto a la hostilidad laboral señaló que se da cuando no se paga el sueldo completo y las horas extras y el trabajador debe requerir que dejen de hostilizarlo, para ello tiene 6 días para obtener respuesta de la empresa y si no le hacen caso y persiste el caso el trabajador puede darse por despedido y pedir que se le indemnice.



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