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PJ condena vía WhatsApp por agredir a policía en cuarentena

Gabriela Melissa Verastegui Paredes agredió a policía que la intervino cuando transitaba sin salvoconducto.
8:44 horas - Miércoles, 25 Marzo 2020

A través de una videollamada de WhatsApp, el Poder Judicial de Lima Norte condenó a una mujer por violencia contra la autoridad durante el estado de emergencia nacional para contrarestar el avance del COVID-19 en el país.

El juez del Octavo Juzgado de Investigación Preparatoria de Lima Norte, Valery Raúl Romero Palacios, condenó a un año y ocho meses de prisión suspendida para Gabriela Melissa Verastegui Paredes, así como al pago de una reparación civil de S/. 2000 mil en favor del Estado.

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Se determinó que la ciudadana cometió el delito de violencia contra la autoridad para impedir el ejercicio de sus funciones, en agravio del técnico superior Leydi Jazmín Silva Barturen y del Estado, además de haber desacatado la orden de inmovilización social obligatoria.

Según el Poder Judicial, el 21 de marzo del 2020 alrededor de las 1:10 p. m., la procesada fue intervenida por la agente policial al conducir su vehículo. Al no contar con un salvoconducto de tránsito se le ordenó dirigirse a la Comisaria de Pro en Los Olivos, en compañía de la policía.

No obstante, en lugar de conducir hacia la dependencia policial se dirigió de manera apresurada hacia su domicilio en San Martín de Porres. Al descender de su vehículo, Gabriela Verasteguí intentó ingresar a su domicilio pero la técnica superior se lo impidió a costo de ser agredida por la mujer.

Leydi Jazmín Silva Barturen fue empujada contra las rejas de la vivienda de Verastegui Paredes, quien emplenado un lenguaje soez tuvo expresiones como “Mi papá es un superior que conoce a todos en la comisaria de Pro y con muchos contactos”.

El magistrado de la Corte de Lima Norte explicó que la pena suspendida obedece a la conducta de arrepentimiento de la investigada, su voluntad de resarcir el daño causado, la ausencia de antecedentes penales, el hecho de que la procesada cuente con carga familiar, trabajo acreditado y la no ocurrencia de agravantes o lesiones de trascendencia.



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