Oficializan ordenanza de MML que reduce sanciones por accidentes de tránsito
Fue oficializada la ordenanza aprobada por la Municipalidad de Lima, para actualizar las sanciones a los responsables de los accidentes de tránsito. La Ordenanza 1878 publicada en el Diario Oficial El Peruano modifica el artículo 68 de la Ordenanza 1599-MML, y también reemplaza la Ordenanza N°1796, que establecía penas más drásticas para las empresas de transporte público y los conductores.
Sanción a la empresa
Así, la empresa cuyo conductor haya sido responsable de un accidente de tránsito, recibirá una sanción de 4UIT (S/. 15,400) y una suspensión de hasta 60 días, además del internamiento del vehículo infractor.
En caso de reincidencia, la multa se duplicará a 30,800 nuevos soles (8 UIT), así como la suspensión del servicio hasta por 120 días.
Las compañías de transporte que operen con conductores o cobradores bajo síntomas de ebriedad o consumo de drogas tendrán que pagar una multa de 4 UIT y sus unidades no circularán por 120 días; en tanto que los vehículos quedarán internados en el depósito. La reincidencia elevará la suspensión hasta 180 días y con una multa de S/. 30,000.
Solo para el conductor
Por otro lado, si los choferes prestan servicio sin contar con la Autorización de Servicio y/o sin contar con la Tarjeta Única de Circulación, emitida por la Gerencia de Transporte Urbano (GTU), será sancionado con la misma multa (S/.15,400) y con el internamiento del vehículo hasta por 30 días.
En caso de reincidencia, la multa se duplica, aunque se mantiene el plazo de internamiento del vehículo en el depósito municipal.
Preventivamente
En caso la autoridad administrativa concluya que existen indicios de que el conductor del vehículo es responsable del accidente de tránsito, corresponde iniciar el procedimiento administrativo sancionador e imponer una serie de medidas preventivas.
Entre estas se encuentran el internamiento del vehículo siniestrado, la suspensión precautoria de la habilitación vehicular, la suspensión precautoria de la autorización del servicio, y la inhabilitación del conductor involucrado. Estas medidas preventivas se mantendrán hasta que culmine el procedimiento administrativo sancionador.