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¿No cumple la pensión de alimentos? Inscríbelo en REDAM para embargar sus ingresos

18:18 horas - Sábado, 17 Enero 2015

El  juicio por alimentos es un importante para lograr que, cuando su falta de voluntad lo amenaza, padres o madres asuman las responsabilidades que por ley tienen con sus hijos. Sin embargo a veces hace falta aún más para que cumplan; es entonces cuando se debe solicitar la inscripción del moroso(a) en el REDAM, que puede ser consultado vía online.

A saber, el Registro de Deudores de Alimentos (REDAM), creado en el 2007, es un mecanismo que aplica para personas que no abonan por tres meses seguidos o alternados, la pensión alimentaria (que por ley no excede el 60% de sueldo o ingresos del demandado por quien tiene la patria potestad del menor).

El ingreso a este padrón se tramita en el Juzgado de Paz Letrado. La persona ingresada al REDAM no podrá tramitar préstamos ante cualquier entidad crediticia, ya que es registrado en la Superintendencia de Banca y Seguro (SBS) como mal pagador. Además, será impedido de participar en cualquier proceso electoral y no podrá salir del país hasta que sea eliminado del padrón. También, un juez puede disponer que la retención o embargo de los ingresos de moroso(a), a fin de hacerlo cumplir con sus deber.

Una iniciativa del Poder Judicial permite efectivizar las acciones del REDAM es la habilitación de una página web para consultar quienes forma parte de la lista. Se facilita que la ciudadanía, empresas o instituciones puedan verificar de forma rápida la identidad de estos morosos.  

Puede consultar mayor información aquí.

También, acceda a la web de consulta del REDAM



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