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Ley de desalojo notarial entra en vigencia desde mañana

Dicha norma regula el procedimiento de desalojo con intervención notarial y ejecución judicial a los inquilinos que deban como mínimo dos meses de alquiler.
18:47 horas - Miércoles, 24 Abril 2019

La Ley N° 30933 del desalojo notarial a inquilinos morosos entrará en vigencia desde mañana, así lo publicó el diario oficial El Peruano. Una norma que permite que con la intervención notarial se disminuya el proceso a menos de 30 días.

Dicha norma regula el procedimiento de desalojo con intervención notarial y ejecución judicial a los inquilinos que deban como mínimo dos meses de alquiler. La promulgación fue oficializada por el Poder Ejecutivo tras la aprobación en el Pleno del Congreso el 10 de abril.

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Se podrá acoger a esta ley al propietario, el arrendador, el administrador y toda persona que considere tener derecho a la restitución del inmueble. Este proceso se hará efectivo si se presenta una cláusula de allanamiento en el contrato de alquiler.

En caso un inquilino se atrase con el pago, por más de dos meses, el juez brindará un plazo de seis días al inquilino para que realice el pago correspondiente. Vencido el plazo, el mismo puede ordenar su desalojo en 15 días hábiles.

El notario solo considerará los vouchers de depósito o transferencia realizados a través de la cuenta bancaria acordada por el arrendador y arrendatario.



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