Denuncias de violencia contra la mujer serán consideradas urgentes y atendidas de inmediato
El Gobierno dispuso, a través del Decreto Legislativo N°1470, que mientras dure la emergencia sanitaria por el COVID-19, todos los casos de violencia contra la mujer deben ser considerados urgentes y atendidos con inmediatez, priorizándose los principios de debida diligencia, sencillez, oralidad y mínimo formalismo.
“El presente Decreto Legislativo tiene por objeto establecer medidas específicas para reforzar la actuación del Estado a fin de garantizar la atención de casos de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar durante la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID-19”, indica el decreto publicado en el Diario Oficial El Peruano.
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En esa línea, se dispone la simplificación del procedimiento para que las mujeres en riesgo de ser agredidas o asesinadas cuenten con medidas de protección de forma oportuna, con ello se prescinde de la realización de audiencias para el otorgamiento de medidas de protección.
Asimismo, se autoriza el uso de recursos tecnológicos que permitan la comunicación entre la víctima y el juez/a. y se prioriza como medida de protección el retiro del agresor del hogar.
“La atención de casos de violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, desde que se produce la denuncia hasta que se dicta las medidas de protección no puede exceder el plazo de 24 horas”, señala el decreto.