Economía

SBS detalla retiro del 25% de AFP para adquirir primera vivienda

16:54 horas - Viernes, 1 Julio 2016

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) publicará este sábado 2 de julio, el procedimiento operativo de la Ley N° 30478, aprobada por el Congreso de la República, que permitirá a los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) disponer de hasta el 25% de su fondo individual acumulado, para el pago de la cuota inicial o amortizar un crédito hipotecario en el sistema financiero que le permita adquirir su primer inmueble. Los trámites ante su AFP se podrán iniciar a partir del lunes 4 de julio.

Así lo anunció Javier Poggi, superintendente de Banca, Seguros y AFP, en el marco de una conferencia de prensa realizada este viernes 1 de julio.

De acuerdo al procedimiento aprobado por la SBS, todo afiliado podrá acercarse o contactar a su AFP para consultar el valor de su fondo de pensiones y el monto máximo que podrá solicitar (hasta el 25%, según establece la Ley), ya sea para la cuota inicial o para amortizar el crédito hipotecario correspondiente a su primer inmueble. Esta consulta se podrá realizar a través de los diversos canales de atención: virtual, telefónica o presencial.

Luego, con esta información, el afiliado se contactará con la entidad financiera, a fin de solicitar un crédito hipotecario. Adicionalmente, para acreditar que se trata de su primer inmueble, tendrá que presentar un certificado de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (SUNARP).

La entidad financiera verificará toda la documentación presentada por el afiliado, y de calificar para el crédito hipotecario solicitado, le entregará un documento de pre-conformidad. Con dicho documento, el afiliado presentará a su AFP la solicitud de disposición de hasta el 25% de su fondo de pensiones. En este paso, la AFP realizará una evaluación del pedido y, si es conforme, enviará una comunicación a la entidad financiera, y coordinará con esta para el momento de desembolso de los fondos, el cual se hará en un plazo máximo de 10 días hábiles.

REJA Y ESSALUD
De otro lado, la SBS recordó que la Ley, aprobada por el Congreso, dispone que la entrega del 95.5% del fondo de pensiones, también se aplica para los afiliados que hayan accedido al Régimen Especial de Jubilación Anticipada (REJA), independientemente si su pensión es menor, igual o mayor a una Remuneración Mínima Vital (RMV), así como para los pensionistas que están bajo la modalidad del retiro programado.

Asimismo, la Ley precisa que, en el caso que el afiliado -que cumple 65 años o tramita su jubilación anticipada- dispone del 95.5% del fondo de pensiones, el restante 4.5% que queda en su cuenta individual se transferirá a ESSALUD para asegurar su atención médica.



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