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Indecopi: Cinépolis es sancionada con 30 UIT por impedir el ingreso de alimentos externos a sus salas

Indecopi sancionó a Cinépolis con una multa de 30 UIT, equivalente a 160 500 soles, por impedir a los consumidores ingresar a sus salas de cine con alimentos y bebidas adquiridos fuera de sus instalaciones.
Indecopi multa Cinépolis

Indecopi multa a Cinépolis con una resolución que ratifica decisiones previas del organismo. Foto: difusión.

Indecopi multa a Cinépolis con una resolución que ratifica decisiones previas del organismo. Foto: difusión.
21:31 horas - Lunes, 10 Febrero 2025

La Sala Especializada en Protección al Consumidor (SPC) del Indecopi impuso una multa de 30 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalente a 160 500 soles, a la empresa Operadora Peruana de Cines S.A.C. (Cinépolis) tras declarar fundada la denuncia presentada por la Asociación de Consumidores y Usuarios de la Región Áncash.

La sanción responde a la restricción aplicada por la cadena de cines, que impedía a los consumidores ingresar a sus salas con alimentos y/o bebidas adquiridos fuera de sus instalaciones.

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INDECOPI MULTA A CINÉPOLIS: CRITERIO ADOPTADO EN 2018

La resolución de la sala reiteró el criterio establecido en 2018, cuando se sancionó a otras cadenas de cines por aplicar restricciones similares. Según el fallo, Cinépolis argumentó que sus establecimientos operaban bajo un modelo similar al de los restaurantes, lo que justificaría la prohibición. Sin embargo, esta postura fue desestimada por el organismo regulador.

La sala precisó que el hecho de habilitar espacios con mesas y sillas, así como contar con permisos para vender alimentos, no convierte a los cines en restaurantes. Por el contrario, destacó que Cinépolis se presenta ante el público como una empresa dedicada principalmente a la exhibición de películas, lo que define claramente su giro comercial.

MEDIDA CORRECTIVA IMPUESTA POR INDECOPI: ELIMINAR RESTRICCIÓN

Como parte de la medida correctiva, se ordenó a Cinépolis eliminar la restricción que impedía a los consumidores ingresar con alimentos y bebidas adquiridos fuera de sus locales, siempre que estos productos sean similares a los que se ofrecen dentro del establecimiento. Además, la empresa deberá informar a sus clientes sobre este cambio mediante avisos temporales en sus locales.

La sala indicó que esta medida busca garantizar que los derechos de los consumidores sean respetados, eliminando prácticas que vulneren sus intereses y promoviendo un trato justo en todos los servicios ofrecidos por el proveedor.

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