Economía

Congreso aprueba dictamen de nueva reforma de Sistema Previsional

El dictamen prohíbe el retiro extraordinario de los fondos acumulados en las cuentas individuales de aportes.

El dictamen prohíbe el retiro extraordinario de los fondos acumulados por parte de los afiliados durante su etapa activa.Foto: TVPerú Noticias.

El dictamen prohíbe el retiro extraordinario de los fondos acumulados por parte de los afiliados durante su etapa activa.Foto: TVPerú Noticias.
9:57 horas - Jueves, 30 Mayo 2024

Por 56 votos a favor, 47 en contra y 10 abstenciones, el pleno del Congreso aprobó en primera votación el dictamen que propone una nueva Ley de modernización del Sistema Previsional Peruano, norma impulsada por el partido Fuerza Popular.

Hay que señalar que dictamen será sometido a una segunda votación transcurridos siete días calendario.

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El titular de la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera, César Revilla Villanueva (FP) sustentó la iniciativa indicando que busca asegurar una mayor competencia en la oferta de gestores de pensiones, brinda una pensión mínima, ofrece comisiones por resultados y la pensión por consumo como mecanismo de aportes complementario.

Por su parte, el congresista Pasión Dávila Atanacio, presidente de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, sustentó la fórmula del grupo de trabajo señalando que tiene una estructura multipilar, bajo administración pública y privada.

Los congresistas Jorge Montoya y Sigrid Bazán fueron algunos legisladores que se opusieron a la reforma previsional, al considerar que no beneficiara a las mayorías. 

Durante el debate, la congresista Susel Paredes Piqué (CD-JP) presentó una cuestión previa para que el dictamen vuelva a la Comisión de Economía para un mayor estudio, la cual fue rechazada por 56 votos.

Nuevo  Sistema Previsional : Foto Andina

¿QUÉ PLANTEA EL NUEVO SISTEMA PREVISIONAL? 

La estructura del nuevo Sistema Previsional Peruano (SPP) se basa en los pilares no contributivo, semicontributivo, contributivo y voluntario.

Acceden a este pilar las personas afiliadas al SNP que a la edad de jubilación cumplen con las unidades de aporte requeridas para una pensión y los afiliados al SPP (…). El Estado complementa los recursos necesarios para el pago de una pensión mínima o una pensión de jubilación proporcional especial”, se precisa en el pilar contributivo.

Sobre el retiro de aportes, se indica queda prohibido el retiro extraordinario de los fondos acumulados en las cuentas individuales de aportes obligatorios del sistema por parte de los afiliados durante su etapa activa.

Del mismo modo, en la propuesta se agrega la pensión por consumo, que es un aporte voluntario con fin previsional proveniente de los gastos por consumo realizados por los afiliados debidamente sustentados en comprobantes de pago que contengan el Documento Nacional de Identidad (DNI) correspondiente.

El comprobante de pago emitido que será considerado para la pensión por consumo podrá tener un valor máximo de hasta S/ 700.  “La pensión por consumo corresponde al 1% de la suma del valor de los comprobantes de pago emitidos dentro de cada ejercicio fiscal, con un tope de ocho UIT anuales del consumo total (…) Los gastos se sustenten en comprobantes de pago por la adquisición de bienes o servicios que sean emitidos electrónicamente”, agrega el documento.



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