Sunat: Sigue estas indicaciones para regular la condición de no habido
9:00 horas - Martes, 19 Noviembre 2024
La condición de "contribuyente no habido" se refiere a aquellos contribuyentes, cuyo domicilio fiscal no está actualizado y no han cumplido con declarar ni confirmar dicho domicilio en el plazo requerido.
En Más Conectados conversamos con Pamela Caballero, especialista de Sunat, para conocer más de este tema y qué podemos hacer al respecto.
¿Por qué ocurre esta situación?
En la entrevista, la especialista explicó que muchas veces este problema se presenta porque los contribuyentes no brindan la dirección completa, se mudan sin notificar o no se encuentra a ninguna persona en el domicilio.
¿Qué pasa si mantengo la condición de no habido?
- Se suspenderá el cómputo del plazo de prescripción para que la Sunat fije y exija el pago de tus obligaciones tributarias.
- La Sunat podrá interponer medidas cautelares previas al inicio de la cobranza coactiva.
- Tus solicitudes de fraccionamiento de pago de tu deuda serán denegadas.
- La Sunat puede aplicar la determinación de tu deuda sobre base presunta dentro de una fiscalización.
Si generas rentas de tercera categoría:
- Tus clientes no podrán usar el gasto sustentado en el comprobante que emitas si en esa fecha tienes la condición de no habido (salvo que al 31 de diciembre del año ya hayas regularizado esa condición).
- Tus clientes perderán el crédito fiscal de las compras de bienes que no sean aceptadas como gasto o costo de la empresa.
- No podrás emitir recibos por honorarios electrónicos ni notas de crédito electrónicas.
¿Qué puedo hacer para solucionarlo?
- Si deseas realizar la actualización de tu domicilio debes ingresar al portal de la Sunat o puedes comunicarte con la Central telefónica 01 3150730.