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Llamadas malintencionadas a centrales de emergencia serán sancionadas hasta con S/ 2,025

13:40 horas - Lunes, 26 Diciembre 2016

Las llamadas malintencionadas que se realicen a las centrales de emergencias, urgencias o información, así como los reportes de emergencia inexistentes, serán sancionados con multas de hasta S/ 2,025 soles (50% UIT), según lo establece un Decreto Legislativo publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano.

De acuerdo con el D.L.1277, emitido en el marco de las facultades otorgadas al Ejecutivo en materia de seguridad ciudadana, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) es la entidad competente para supervisar el cumplimiento de esta medida y para emitir su reglamento en un plazo máximo de 90 días.

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El sector, que tendrá a su cargo el Registro de Comunicaciones Malintencionadas, también queda facultado para requerir a los operadores de servicios de telecomunicaciones la información que permita identificar de dónde se realiza la comunicación malintencionada.

El Decreto Legislativo precisa también que la recaudación de las multas estará a cargo del MTC; en tanto, lo recaudado será destinado a la Policía Nacional del Perú, Cuerpo General de Bomberos Voluntarios, Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.



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