Política

Pedro Castillo: Poder Judicial autoriza levantamiento del secreto bancario al expresidente

La resolución también alcanzó a los exministros Juan Silva y Geiner Alvarado, quienes no apelaron y quedó como consentida.
PEDRO CASTILLO

Se le levantará el secreto bancario a Pedro Castillo. Foto: Andina

Se le levantará el secreto bancario a Pedro Castillo. Foto: Andina
11:14 horas - Viernes, 29 Diciembre 2023

El Poder Judicial confirmó el levantamiento del secreto bancario de las cuentas y operaciones financieras del expresidente Pedro Castillo, así como los exministros de su gobierno Juan Silva y Geiner Alvarado, investigados por el delito de organización criminal en los casos Puente Tarata, Petroperú y Ministerio de Vivienda. 

El juez Juan Carlos Checkley, del Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, emitió la resolución que da por consentida la ejecución de esta medida requerida por la Fiscalía, luego que no se presentaran ninguna apelación de las partes del proceso.

[Lee también: Pedro Castillo: Poder Judicial rechazó pedido para anular prisión preventiva por golpe de Estado]

De acuerdo a la resolución, el juez supremo dispuso que la Superintendencia de Banca Seguros y Administración de Fondos de Pensiones proceda con dicho levantamiento y cumpla con remitir cada una de las informaciones requeridas por la fiscalía, por el periodo comprendido entre el 12 de abril de 2021 al 31 de diciembre del 2022.

Pedro Castillo viene cumpliendo presión preventiva en el penal de Barbadillo. Mientras que Geiner Alvarado está preso en Miguel Castro Castro. En tanto, Juan Francisco Silva está como no habido. 

PROCADURÍA COMO ACTOR CIVIL EN CASO DE PEDRO CASTILLO

A través de su redes sociales, el Poder Judicial también informó que declaró consentida la resolución que admite a la Procuraduría como actor civil en proceso judicial contra expresidente Pedro Castillo, Betssy Chávez, Anibal Torres, Willy Huerta y Helbert Sánchez por el delito de rebelión.

El juez, Juan Carlos Checkley, del Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, emitió su fallo luego que las partes procesales no interpusieron recurso de apelación a la disposición judicial, en el plazo de tres días hábiles.



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