Congreso: Comisión de Defensa aprobó por insistencia ley que autoriza uso de armas no letales a serenazgo
Foto: Andina
La Comisión de Defensa del Congreso, presidido por el parlamentario Alfredo Azurín (Somos Perú), aprobó por unanimidad insistir parcialmente en la autógrafa observada por el Poder Ejecutivo que modifica la Ley del Servicio de Serenazgo Municipal, a fin de autorizar el uso de armas no letales por parte de los serenos.
La propuesta señala que los centros de capacitación podrán brindar "instrucción básica, especializada y entrenamiento permanente a los serenos municipales, orientada a la adquisición de conocimientos, uso de medios de defensa autorizados y perfeccionamiento de habilidades necesarias para el adecuado desempeño de sus funciones".
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Además, se precisa que los serenos deben contar con los medios de defensa necesarios para cumplir con sus funciones, de acuerdo a la modalidad del servicio que brindan. Los medios de defensa, según los recursos de cada municipalidad, son los grilletes de seguridad, escudos, bastones tonfa, aerosoles de pimienta y de chalecos antibalas para el cumplimiento de sus funciones; teniendo como finalidad la gestión prevenir y disuadir la comisión de delitos y faltas que atenten contra la seguridad ciudadana, respetando los derechos fundamentales de las personas.
Indica que la autoridad municipal, de acuerdo a su disponibilidad presupuestal, proveerá de los recursos respectivos para los medios de defensa, la capacitación y las evaluaciones psicológicas periódicas a los serenos municipales.
En su disposición complementaria final, señala que el Poder Ejecutivo, con el refrendo del Ministerio del Interior, adecúa el Reglamento de la Ley 31297, Ley del Servicio de Serenazgo Municipal, aprobado por Decreto Supremo 009-022-IN, en el plazo máximo de 30 días calendario, contados a partir de la entrada en vigor de la presente ley.
OTRO PROYECTO
Por unanimidad, se aprobó también el proyecto de Resolución Legislativa N° 4766/2022-PE, que con un texto sustitutorio propone la Resolución Legislativa que autoriza el ingreso de personal militar extranjero con armas de guerra al territorio de la República del Perú.