Prohíben el uso de instalaciones policiales como depósitos vehiculares
El Decreto Legislativo N°1340, emitido por el Gobierno, establece que las instalaciones policiales no podrán usarse como depósitos vehiculares de cualquier tipo, salvo en los casos en que se requiera para el cumplimiento de la función policial.
Dicho decreto establece un plazo máximo de 30 días hábiles para elaborar el inventario de los vehículos que están en custodia policial, y ser enviados al Ministerio Público o al Poder Judicial.
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En 60 días se concretará la entrega física de las unidades en custodia a las instituciones mencionadas, norma que fue saludada por los vecinos que viven cerca estas dependencias.