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¿Qué hacer con un inquilino moroso? Conoce las opciones legales y evita procesos largos

En "Más conectados" se detallaron los pasos legales que puede seguir un propietario frente a un inquilino que no paga y cómo prevenir este problema desde el inicio. Foto: captura.

En "Más conectados" se detallaron los pasos legales que puede seguir un propietario frente a un inquilino que no paga y cómo prevenir este problema desde el inicio. Foto: captura.
12:50 horas - Sábado, 28 Marzo 2026

Alquilar una vivienda puede parecer un trámite simple, pero se convierte en un problema cuando el inquilino deja de pagar. En Más conectados se abordó este tema en el consultorio legal, con una guía clara para que los propietarios sepan cómo actuar y evitar complicaciones.

Muchas personas alquilan sus inmuebles sin tomar precauciones. Esto incluye acuerdos verbales o documentos sin formalidades. Aunque estos contratos tienen validez, pueden generar serias dificultades si el inquilino incumple con el pago.

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Puedo alquilar mi inmueble incluso de forma verbal, puedo llegar a un acuerdo con alguna persona y simplemente establecer las condiciones sin haberlo pactado en un documento”, explicó Talía Zúñiga Tataje, defensora pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH). Sin embargo, también advirtió: “Tiene validez, pero nos va a generar problemas al momento de un incumplimiento”.

CONTRATO VERBAL O ESCRITO: ¿CUÁL CONVIENE?

Un contrato verbal sí es válido. No obstante, si surge un conflicto, el propietario tendrá que recurrir a un proceso judicial de desalojo. Este proceso es conocido por su duración y complejidad.

Incluso un contrato por escrito en una hoja simple puede presentar el mismo problema si no cuenta con las formalidades necesarias. En ambos casos, el camino suele ser el mismo: un juicio largo.

Ante un incumplimiento tenemos que recurrir al Poder Judicial en un proceso largo de desalojo”, precisó la especialista.

NUEVAS OPCIONES PARA EVITAR PROCESOS LARGOS

Con el paso del tiempo, la ley ha incorporado mecanismos para agilizar estos casos y proteger a los propietarios frente a la morosidad.

Una de estas opciones es la cláusula de allanamiento futuro. Este mecanismo requiere un contrato con firmas legalizadas ante notario y una cláusula específica que permita un desalojo más rápido en caso de deuda.

Para aplicar esta vía, la deuda debe alcanzar un mínimo de dos meses y quince días. A partir de ese momento, el propietario puede iniciar acciones más rápidas.

Otra alternativa es el desalojo notarial express, que ofrece un procedimiento aún más ágil. Este mecanismo exige que el contrato sea elevado a escritura pública.

En este caso, el notario envía una carta al inquilino. Si no hay respuesta en cinco días, se levanta un acta con valor de título ejecutivo, equivalente a una sentencia judicial. Luego, el juez puede ordenar el desalojo en un plazo corto.

Estamos hablando de que ante un incumplimiento yo le pido al notario que mande una carta notarial (…) y esa acta tiene una calidad de título ejecutivo, es decir, es como si fuese una sentencia judicial”, detalló Zúñiga.

QUÉ HACER SI YA EXISTE EL PROBLEMA

Si el contrato ya se firmó sin estas formalidades, no se pueden aplicar las vías rápidas. En ese escenario, solo queda iniciar un proceso judicial regular.

Por eso, la recomendación principal es informarse antes de alquilar. Tomar medidas desde el inicio evita años de trámites y pérdidas económicas.

Además, la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia atiende estos casos de forma gratuita, sobre todo cuando se trata de propietarios con una sola vivienda.

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