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Año Nuevo: conozca quiénes pueden descansar hasta el 2 de enero

Según el Decreto Supremo N° 151-2022-PCM, el lunes 1 de enero es feriado nacional por Año Nuevo y el martes 2 será día no laborable para los trabajadores del sector público.
sector público feriado no laborable 2 de enero

Trabajadores del sector público no laborarán el 2 de enero. Foto: Andina

Trabajadores del sector público no laborarán el 2 de enero. Foto: Andina
14:13 horas - Lunes, 1 Enero 2024

El fin de año es el momento propicio para irse a la playa o realizar viajes al interior del país u organizar una reunión con los amigos aprovechando el feriado largo, decretado por el gobierno hasta el 2 de enero, te contamos quienes pueden hacer uso de este día del 2024.

Según el Decreto Supremo N° 151-2022-PCM, el lunes 1 de enero es feriado nacional por Año Nuevo y el martes 2 será día no laborable para los trabajadores del sector público. 

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A diferencia de un feriado calendario, las horas dejadas de laborar en un día no laborable deben compensarse en los 10 días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función a sus propias necesidades.

AÑO NUEVO: DETALLES DE LA COMPENSACIÓN LABORAL

A diferencia de un feriado calendario, las horas dejadas de laborar en un día no laborable deben compensarse en los 10 días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función a sus propias necesidades.

En el sector privado, la decisión de acogerse a la presente norma es voluntario y corresponderá al empleador y los trabajadores fijar de común acuerdo la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar, considerando que a falta de acuerdo decidirá el empleador.

De acuerdo con el Decreto Supremo N° 151-2022-PCM, las entidades y empresas sujetas al régimen laboral de la actividad privada que brinden servicios sanitarios y de salubridad, limpieza y saneamiento, electricidad, agua, desagüe, gas y combustible, sepelios, comunicaciones y telecomunicaciones, transporte, puertos, aeropuertos, seguridad, custodia, vigilancia, y traslado de valores y expendio de víveres y alimentos estarán facultadas para determinar los puestos de trabajo que estarán excluidos de los referidos días no laborables.
 



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