Unión de hecho: conoce cómo registrarla y qué derechos te protege

"Más conectados" detalló los requisitos para inscribir la unión de hecho y los beneficios legales que protege frente a una separación o fallecimiento. Foto: captura.
¿Convives con tu pareja y aún no te casas? La unión de hecho puede darte respaldo legal. Más conectados explicó qué es, cómo se tramita y por qué conviene registrarla a tiempo.
Muchas parejas postergan el matrimonio por distintos motivos. Sin embargo, mientras llega ese momento, existe una alternativa legal que reconoce la convivencia y protege derechos patrimoniales y sucesorios. La unión de hecho permite que la relación tenga efectos similares al matrimonio, siempre que cumpla ciertos requisitos.
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¿QUÉ ES Y CUÁNDO SE PUEDE RECONOCER?
La registradora de Personas Naturales y Jurídicas de la Sunarp, Milagritos Lucar Villar, explicó que la unión de hecho es “la unión libre, voluntaria, sin impedimentos matrimoniales, que tienen una pareja de varón y mujer”.
Para acceder a este reconocimiento, la pareja debe haber convivido al menos dos años continuos y no tener impedimentos matrimoniales vigentes. Es decir, ambos deben ser solteros, divorciados o viudos.
Tras cumplir ese plazo, pueden solicitar el reconocimiento formal para acceder a los beneficios que establece la ley.

¿CÓMO SE TRAMITA PASO A PASO?
El trámite inicia ante un notario. La solicitud debe presentarse de forma voluntaria por ambos integrantes de la pareja. No es posible hacerlo de manera unilateral.
“Desgraciadamente este reconocimiento tiene que ser voluntario. Segundo, al ser voluntario, son los dos que presentarán la solicitud ante el notario, señalando expresamente la fecha de inicio de esta unión de hecho”, aclaró la especialista.
Entre los requisitos se encuentran el certificado domiciliario, el certificado negativo de unión de hecho y la declaración expresa de haber convivido dos años. También se pueden presentar dos testigos para acreditar la relación.
Luego de evaluar los documentos y realizar la publicación correspondiente, el notario emite una escritura pública. Ese documento se envía de forma digital al registro y la inscripción se concreta en un plazo aproximado de 48 horas.
¿QUÉ DERECHOS TE OTORGA?
Uno de los principales beneficios es el reconocimiento de derechos sucesorios. Si uno de los convivientes fallece y la unión estuvo inscrita, el sobreviviente puede iniciar una sucesión intestada y heredar como si fuera cónyuge.
“En ese caso, habiendo inscrito en la Sunarp con anticipación su unión, podrá hacer la sucesión intestada y lograr un reconocimiento de los derechos como si fuera un cónyuge, igual que si fuese un matrimonio”, precisó la funcionaria.
Otro punto clave es la sociedad de gananciales. Desde que se cumplen los dos años de convivencia, los bienes adquiridos durante ese periodo pertenecen en 50 % a cada uno. Esto aplica incluso si el bien figura solo a nombre de uno de ellos.
Si la relación termina, ninguno puede quedarse con el total de lo adquirido durante la convivencia. El otro tiene derecho a exigir el reconocimiento de su parte.
DIFERENCIA CON EL MATRIMONIO CIVIL
La principal diferencia radica en la decisión formal. El matrimonio establece una fecha concreta desde el inicio. En la unión de hecho, el reconocimiento puede tener efecto retroactivo, siempre que se acrediten los dos años de convivencia.
Sobre la posibilidad de que los hijos impugnen este reconocimiento, la especialista indicó que sería complicado, ya que se trata de una relación entre sus propios padres.
Registrar la unión de hecho brinda seguridad jurídica y evita conflictos futuros. Informarse y realizar el trámite a tiempo puede marcar la diferencia en momentos difíciles.

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