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Sunat: Solicita el fraccionamiento especial de la deuda tributaria

fraccionamiento especial de la deuda tributaria
16:29 horas - Jueves, 28 Noviembre 2024

Si tienes problemas para pagar tus deudas tributarias y aduaneras administradas por la Sunat que constituyen ingresos del tesoro público exigibles hasta el 31 de diciembre de 2023 puedes acogerte al beneficio de Fraccionamiento Especial de la deuda tributaria.

En Más Conectados conversamos con Oscar Osorio, especialista de Sunat para conocer las modalidades de pago y la fecha de vigencia de esta promoción.

Fecha límite

En la entrevista, Osorio explicó que todas las deudas del tesoro público se pueden fraccionar y tener beneficios en las multas y los intereses accediendo a esta promoción hasta el 20 de diciembre de 2024.  

 ¿Qué modalidades de pago puedo solicitar?

  • Pago al contado: Puede acogerse a la modalidad de pago al contado hasta el 20 de diciembre de 2024. Deuda solo por multas e intereses, se extinguen con descuento de hasta 100 %.
  • Pago sumario: Esta modalidad implica el pago de una cuota de acogimiento en la fecha de presentación de la solicitud de acogimiento, no menor al 25 % de la deuda menos el bono; el saldo se paga hasta en tres cuotas mensuales.
  • Pago fraccionado: Se debe dar el pago de una cuota de acogimiento no menor al 10 % de la deuda en la fecha de presentación de la solicitud. El saldo se paga en cuotas mensuales iguales (excepto la última), en un plazo de hasta 72 meses. La cuota mensual no puede ser menor a S/ 260.00.

fraccionamiento especial de la deuda tributaria

¿Cuál es el trámite?

En esa misma línea, el especialista agregó que se debe efectuar el pago, al momento de presentar la solicitud de acogimiento al Fraccionamiento Especial, de acuerdo con la modalidad elegida:

  • Pago al contado: pagar la totalidad de la deuda acogida, deducido el bono de descuento.
  • Pago sumario o fraccionado: pagar la cuota de acogimiento.

Finalmente, Osorio cerroó la entrevista indicando que el fraccionamiento no puede ser menor al 5 % de una UIT (260 soles) y la gestión se puede hace a través del formulario 1707.


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